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martes, 8 de diciembre de 2015

LA DEMOCRACIA PLEBLISCITARIA POR LA PAZ

LA DEMOCRACIA PLEBLISCITARIA POR LA PAZ

David Jiménez*

Desde hace décadas, en América Latina se habla de la democracia plebiscitaria, un continente con tradiciones populistas y neo populistas que impiden el desarrollo de sistemas políticos democráticos, del cual Colombia no escapa en su historia política reciente.  Ahora con el proceso de paz, el Gobierno Nacional entre las fórmulas de refrendación tales como constituyente, referéndum, plebiscito, optó por esta última para convocar a la ciudadanía.

El plebiscito es una manifestación del pueblo convocada por el Presidente de la República, avalando o rechazando una decisión gubernamental.  Por ahora, el proyecto de ley estatutaria 094 de 2015 Senado – 156 Cámara de 2015, para regular el plebiscito por la paz fue aprobado hace una semana. En los debates de comisiones y plenarias, la coalición de la  Unidad Nacional demuestra mayoría absoluta para aprobar la iniciativa, es un hecho que se ha impuesto en toda la agenda legislativa.

A su vez, el plebiscito es una forma democrática para “oir” la voz del pueblo mediante un “Si” o un “No”; sin ningún tipo de discusión por parte de la ciudadanía. Es una forma incompleta de apelar al pueblo para las decisiones que le convienen al gobierno. La iniciativa aprobada en primer y segundo debate en Senado y Cámara, consagra que el plebiscito por la paz es aprobado por el “si” con la obtención de votos mayor al 13% del censo electoral y le gane al “no”.

El gobierno y su coalición, quieren lograr el apoyo para este mecanismo de participación democrática mediante el mínimo  electoral posible, en un país donde la abstención oscila entre 50% a 40%, de acuerdo con los resultados registrados en las elecciones de carácter nacional o territorial. En pocas palabras, se trata de asegurar el resultado a favor del gobierno, en materia de mecanismo refrendatorio, porque las Farc-ep han insistido en la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente.

En el 2003, cuando el Presidente no controlaba la Corte Constitucional, a propósito entonces del Referendo implementado por Álvaro Uribe, muchas de sus preguntas fueron declaradas inexequibles por el alto tribunal, porque éstas confundían a la ciudadanía. Ahora el plebiscito confundirá aún más cuando la opción de la tarjeta electoral será un “SI” o un “No”; pero, en todo caso, vale la pena el interrogante inmediato:

¿La Corte Constitucional avalará la constitucionalidad de ese plebiscito cuya finalidad es el aval popular para las reformas de orden constitucional y legal fruto del proceso de negociación de la paz con las Farc-ep?

La democracia por y para la paz requiere algo más con urgencia, una democracia en términos reales, es decir, con deliberación y participación ciudadana en todos los ámbitos de la sociedad colombiana. La paz no puede usarse como instrumento de manipulación ciudadana por las vías electorales, para justificar las próximas reformas constitucionales en varios tópicos relevantes: justicia transicional, sistema electoral, congreso, entre otros; sino a la construcción de una ciudadanía responsable.

 Finalmente, basta recordar al constitucionalista exiliado en Salamanca, a raíz de la destitución del general Arias Cabrales, Hernando Valencia Villa, para quien las reformas a la constitución colombiana son Cartas de batalla; pero en este caso, un plebiscito para argumentar cualquier clase de reforma a la constitución, llega a “disparar” con pólvora mojada.

El Gobierno Nacional con su  “botín presupuestal”, reducido por la baja de los ingresos fiscales para 2016 por los precios del petróleo y la turbulencia económica internacional, pero “encantado” con el tesoro del bajel San José ; tiene la misión de ganar y movilizar a los votantes a favor de este plebiscito. Lo hará acudiendo a dos estrategias: el apoyo de su bancada de congresistas, compensados con su fórmula de “mermelada en Departamentos y Municipios”; y  utilizando una herramienta efectiva de control de masas, los medios de comunicación, tal como lo ordena el artículo 5 del aprobado proyecto de ley por el plebiscito por la paz. 

Pero, le falta el asentimiento de la contra parte, la insurgencia subalterna de las Farc-EP, que así como lo hizo con el referendo, antes, ahora, dice también no al mecanismo del plebiscito; y se queda sola en la exigencia de una asamblea constituyente, porque la “verdadera oposición”, el Centro Democrático con su prohombre ya defeccionó también en su altisonante petición inicial de una constituyente, hecha a su medida, esto es, con el menor de los riesgos posibles. 










* Politólogo, estudiante de maestría en estudios políticos. Participante externo del GPYP/UNAL. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

domingo, 12 de mayo de 2013

EL CÓDIGO MINERO Y LA (DES)PROTECCIÓN AMBIENTAL


EL CÓDIGO MINERO Y LA  (DES)PROTECCIÓN AMBIENTAL

David Jiménez[1]

La renta minera y la consiguiente dependencia de los recursos naturales no renovables ha sido el boom en el país durante la última década. Por esa razón al Gobierno Nacional le urge la expedición de un código minero que respetando la consulta previa  establezca unas reglas de juego claras para las empresas nacionales y transnacionales mineras.

Sin embargo, aunque el mercado global y las transnacionales de los grandes empresas mineras les urge tener unas reglas claras y seguridad jurídica para sus inversiones, al Gobierno y el Congreso Nacional le corresponde fijarse en otros aspectos.

Pero, la Agencia Nacional de Minería ANM, no tiene la suficiente capacidad técnica, operativa y humana para ejercer funciones de inspección, vigilancia y control a la minería. Aunque cuenta con sedes regionales fuera de la Capital, la realidad es que no ejercen una vigilancia real de las empresas mineras. Solo lo advertimos cuando se producen grandes accidentes con muertes incluidas. Entonces nos  darnos cuenta de las fallas por la ausencia de control e intervención.

A su vez, la expedición de títulos mineros y solicitudes de legalización por parte de las autoridades mineras a los  nacionales y extranjeros debe tener mayores plazos, con estudios del impacto ambiental; declarar las zonas de protección y libres de la minería en toda la geografía nacional. Es un asunto de geopolítica y de suministro de recursos naturales para las nuevas generaciones, haciendo realidad ese cuento del “Desarrollo Sostenible o Sustentable”.

Por otra lado, el nuevo sistema general de regalías que “reparte la mermelada” en toda la geografía, como lo explicaba el profesor y exministro Juan Carlos Echeverry,  una vez  aprobado por el Congreso, no se contempló la inversión obligatoria dirigida a la protección, conservación y recuperación ambiental, para compensar las pingües ganancias de la actividad minera y energética que degrada el medio ambiente.

En otra óptica, muchos pensábamos que el nacimiento del Partido Verde en las elecciones de 2010 y 2011, sería la entrada al juego político de una agrupación en defensa del medio ambiente y la biodiversidad; pero este partido se sumó a la Unidad Nacional y como tal es un apéndice del Ejecutivo.  Ese sueño solo duró un periodo electoral. La Gobernación “Verde” de Antioquia continúa su proceso de expedición de títulos mineros sin una defensa cabal del medio ambiente y los recursos naturales en Urabá, Bajo Cauca, Nordeste y Suroeste antioqueño.

De esta manera, con la entrada en vigencia del anterior Código Minero contemplado en la ley 685 de 2001, está deberá ser reformada; claro, no para favorecer la degradación ambiental por la obtención de una renta pasajera e ilusoria.

Según nuestra constitución de 1991, está en manos del Congreso de la República, la solución para estos abusos producidos por los megaproyectos. La fórmula es más “democracia”, pero no la tradicional, donde votan en las sesiones regulares  y extraordinarias los bucaneros de los intereses clientelistas y el lobby empresarial, sino aquella participación activa de la sociedad civil y la ciudadanía.

Dicha realidad impide estas componendas y conciliábulos a través de su movilización nacional; y en su defecto que el Presidente, los Gobernadores y Alcaldes utilicen los mecanismos de participación ciudadana la convoquen para avalar las decisiones sobre el rumbo de la minería y los recursos naturales del país, que es la garantía de vida futura para nuestros padres, hijos, nietos y bisnietos.

PD: Con el esquema actual de títulos mineros, en un futuro muy cercano, encontraremos municipios en nuestra geografía  donde las zonas rurales en su mayoría no tendrán campesinos y propietarios de Haciendas sino territorios enajenados a la voluntad depredadora de las empresas mineras, con el nefasto resultado de la “muerte y el fin del campesinado”, para dar paso a  nuevas configuraciones sociales y territoriales, que afianza lo establecido ya en las tesis de Michel Serres (Hominiscencia, 2003 ) y, el historiador recién fallecido, Eric Hobsbawm (Historia del siglo XX, 1995).



[1] Politólogo. Participante del Grupo Presidencialismo y Participación UNIJUS de la Universidad Nacional de Colombia. E-mail: presid.y.partic@gmail.com