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lunes, 4 de enero de 2016

LA ANTIOQUIA QUE RECIBE LUIS PEREZ (I)

LA ANTIOQUIA QUE RECIBE LUIS PEREZ (I)

David Jiménez*

La Gobernación de Antioquia ocupo el puesto 18 a nivel nacional en desempeño fiscal, y en el 2013 se ubicó en el puesto 14 y en el 2012 en la casilla 16, un resultado de la evaluación anual a las finanzas de las entidades territoriales por parte del Departamento Nacional de Planeación. A diferencia del gobierno de Luis Alfredo Ramos Botero, del que publicaron el famoso libro blanco en dos versiones por parte del Gobernador Sergio Fajardo, el Departamento de Antioquia durante el período 2008-2011 ocupo los primeros lugares en desempeño fiscal.

Los gastos de funcionamientos, se han incrementado, pasaron de 37, 57% en 2012 a 44,4%  en 2014 de los ingresos corrientes del Departamento de Antioquia. A su vez, esta región aumento su nivel de dependencia de las transferencias del Gobierno Central, pasando del 38,68% en 2012 a 43,51% en 2014 del total de los ingresos de la administración Departamental.

El gobernador Luis Pérez, debe tener como prioridad mejorar el desempeño fiscal del Departamento de Antioquia, en relación al fortalecimiento de los recursos propios sin que conlleve a un elevado crecimiento de la burocracia pública que eleve los gastos de funcionamiento. Sin embargo, frente a sus programas y grandes obras prometidas tiene un reto, ¿cómo financiarlos?

El primer obstáculo es el alto nivel de endeudamiento de la gobernación de Antioquia, supera el billón de pesos, de la cual una parte está en dólares americanos, y la coyuntura actual del mercado cambiario promete una tasa de cambio alta de esa moneda. El segundo, la caída del precio del petróleo, tiene a la baja los ingresos fiscales del Gobierno Nacional, con lo cual, la llamada “mermelada” será reducida, no todas las obras y proyectos de alcaldes y gobernadores obtendrán la cofinanciación nacional soñada o requerida, muchos acudirán a sus jefes los congresistas de las Unidad Nacional, de la cual Luis Pérez goza de apoyo por ser elegido bajo esas banderas. El tercero, la comercialización de los productos de la Fábrica de Licores de Antioquia porque de ahí depende una gran cantidad de generación de recursos propios de la gobernación, en un mercado de licores muy competido con marcas nacionales y extranjeras, de la cual deberá formular e implementar políticas contra el contrabando de licores que afectan las finanzas departamentales.

A su vez, tendrá la misión de fortalecer no solo las finanzas departamentales sino la institucionalidad local, tal es el caso del Municipio de Toledo, ubicado en el Norte de Antioquia, con presencia histórica de las Farc-ep, una localidad sin una estructura financiera sólida, desde hace años, sus ingresos propios le permiten solo pagar sus gastos de funcionamiento sin capacidad de inversión al igual sucede con varios municipios antioqueños, y un eventual escenario de posconflicto, fortalecer la capacidad del Estado a nivel local debe estar incluido en la agenda con participación de la sociedad civil local que logre evitar la cultura política la corrupción y el clientelismo.



* Politólogo, estudiante de maestría en estudios políticos, Universidad Nacional de Colombia. Participante externo del GPYP/UNAL. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

domingo, 26 de octubre de 2014

UNIFICACIÓN DE PERÍODOS: LA GRAN MENTIRA CLIENTELISTA

UNIFICACIÓN DE PERÍODOS: LA GRAN MENTIRA CLIENTELISTA

David Jiménez[1]

La Asamblea Nacional Constituyente en 1991, con el fin de prevenir el clientelismo bajo las estructuras y jerarquías desde el nivel nacional al regional, dado su fortalecimiento y capacidad de conservación del poder político, optó por separar las elecciones nacionales de las territoriales. Ahora, la propuesta de unificar periodos de todas las autoridades, no busca solo que los gobernantes tengan más tiempo para cumplir sus promesas, sino, claro está, profundizar el clientelismo regional y nacional.

La ficción del constituyente derivado y la Unidad Nacional

En la pasada campaña presidencial, el entonces candidato-presidente con el propósito de persuadir a gobernadores y alcaldes propuso ampliar el periodo de estos a 6 años. Dada la inconstitucionalidad de la iniciativa, ahora salen con la invención de una transición donde los actuales pueden participar a la reelección por 2 años y, posteriormente, los periodos quedarían de 6 años igual al del Presidente, en caso de que se apruebe la mal llamada reforma al equilibrio de poderes.

A su vez, uno de los promotores de la iniciativa es la Federación Colombiana de Municipios, que a través de su director Gilberto Toro, una especie de “inamovible,” afirma que la ampliación de periodos permitirá la gobernabilidad dada la parálisis que produce la Ley de Garantías cada dos años. [2]

La verdad es que la parálisis gubernamental se da por la prohibición de la contratación directa, dado que la regla para contratar es la Licitación Pública. De un plumazo desconoce el director Gilberto Toro, el alto porcentaje de utilización de la modalidad de contratación directa que es la práctica descarada en las entidades públicas, con el exclusivo propósito de obviar los procesos abiertos y públicos.

Esta conducta aberrante es advertida por los organismos de control, pero nadie se atreve a cuestionarla por la potísima razón, que la contratación directa permite pagar los favores políticos a los copartidarios de una causa electoral, sin tener que pasar por las indeseables trabas de una licitación. En suma, el problema no es la parálisis gubernamental, sino que no quieren aplicar la modalidad de Licitación Pública en el periodo electoral: ¿A qué le temen, tirios y troyanos?

Por otra parte, la cacareada unificación de periodos permite el fortalecimiento de jerarquías desde un Presidente hasta un edil de una Junta Administradora Local. El resultado es  la obstrucción a la aparición de nuevas expresiones políticas locales y regionales que confronten el proyecto hegemónico presidencialista de turno, y su reproducción hasta el absurdo, por el clientelismo. A través del mal uso del presupuesto público para obtener votos a cambio, por medio de “inversiones envenenadas” en determinados municipios o regiones.

Finalmente, el autodenominado “constituyente derivado”, representado en el desvencijado Congreso de la República busca sustituir la Constitución de 1991, contra viento y marea. Conviene volver a recordarlo, que en ella se aprobó con sabiduría anti-clientelar un período para mandatarios territoriales de 3 años y elecciones separadas a nivel nacional y regional; pero, luego en 2002 a través de acto legislativo se amplió a 4 años.

Ahora los amantes del despilfarro y el enriquecimiento buscan in tuito personae ampliar a 6 años el negocio que desangra las entidades político-administrativas de un república cegatona, dizque con la causa justa de unificar el periodo de elecciones que redundará en buen gobierno.



[1] Politólogo y Estudiante de la Maestría en Estudios Políticos Universidad Nacional de Colombia. Participante externo del grupo presidencialismo y participación. E-mail: presid.y.partic@gmail.com
[2] Palacios Mejía, D. (Octubre 23, 2014). Gobierno logró sacar adelante su promesa, El Colombiano, [en línea] http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/G/gobierno_logro_sacar_adelante_su_promesa/gobierno_logro_sacar_adelante_su_promesa.asp

viernes, 16 de mayo de 2014

LA TERCERIZACIÓN LABORAL EN EL SECTOR SALUD: ¿INCONSTITUCIONAL?

LA TERCERIZACIÓN LABORAL EN EL SECTOR SALUD: ¿INCONSTITUCIONAL?

David Jiménez[1]
                                                                                    
El Ministro de Salud Alejandro Gaviria en su proyecto de ley ordinaria de reforma a la salud tiene visualizado un nuevo esquema de régimen laboral para las Empresas Sociales del Estado (Hospitales Públicos) del orden territorial.

La re-precarización laboral propuesta

En primer lugar, propone que los gerentes de los hospitales públicos departamentales, distritales y municipales sean de libre nombramiento y remoción, escogidos por el gobernador o alcalde respectivo, desconociendo que actualmente son nombrados por concurso público de méritos pero con actos irregulares como la “compra de gerencias de hospitales” [2]. En segundo lugar, propone el ministro que todos los cargos de la parte asistencial de los hospitales públicos sean de libre nombramiento y remoción, y que solo los de la parte administrativa sean de carrera administrativa. En tercer lugar, propone una nueva clasificación de servidor público “servidores de la salud” donde son nombrados a criterio del gerente donde el acto administrativo señala el periodo de vinculación, actividad y fecha de retiro.

Lo anterior, busca evadir que los hospitales públicos se les aplique la carrera administrativa (art. 15 de la Constitución y Ley 909 de 2004) mediante concurso público  abierto y de méritos, como forma de estabilidad laboral de empleados públicos para no quedar en manos de alcaldes y gobernadores con sus respectivos concejales y diputados en la clientelismo de “puestos y empleos públicos”.

El antecedente

La Corte Constitucional en las sentencias C-614/2009 y C-171/2012 señala que la tercerización laboral a través de los contratos de prestación de servicios o contratos con terceros, donde aparecen miles de trabajadores subcontratados a través de cooperativas, asociaciones, corporaciones o fundaciones; es una clara burla a los derechos laboral y al vínculo laboral con el Estado contenido en el artículo 125 de la Constitución Nacional.

En las citadas sentencias, la Corte Constitucional exhorta a los órganos de control – Contraloría General de la República y Procuraduría General de la Nación -, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Trabajo para que hagan cumplir las sentencias y protejan los recursos públicos provocados por la tercerización laboral.

Desde 2009, la contratación con terceros se profundiza en los hospitales públicos en la mayoría de las instituciones de salud públicas en Colombia, pero con el silencio cómplice del Estado Central, cuando en los Departamentos y Municipios se continúa con la tercerización laboral, a pesar de como señala claramente el máximo órgano de cierre jurídico en Colombia ha señalado que es inconstitucional.

También es hora que Sandra Morelli Contralora General de la República y Alejandro Ordoñez Maldonado Procurador General de la Nación, estén con lupa hospital público por hospital vigilando el cumplimiento de las citadas sentencias.



[1] Politólogo. Estudiante de la Maestría en Estudios Políticos. Participante externo del Grupo Presidencialismo y Participación de la Unal. E-mail: presid.y.partic@gmail.com
[2] Ver La Silla Vacia. La pelea por las gerencias de hospitales: el último ingrediente en la crisis de la salud. Por Nicolás Barbosa López, 2012-07-03. [en línea] http://lasillavacia.com/historia/la-pelea-por-las-gerencias-de-hospitales-el-ultimo-ingrediente-en-la-crisis-de-la-salud-343