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sábado, 17 de junio de 2017

EL GOBIERNO SANTOS SIN LECCIONES PARA MADURO

EL GOBIERNO SANTOS SIN LECCIONES PARA MADURO

David Jiménez[1]

Pretenden dictarle a Venezuela pautas cuando su país está en llamas
Nicolás Maduro

En meses pasados, el régimen político venezolano adoptó a través del Tribunal Supremo la suspensión de las funciones de la Asamblea Nacional de aquel país, controlada por la oposición política interna y externa. La medida causó críticas de todos los lados del continente, y en Europa.

El diseño de la democracia moderna, constituido por Montesquieu o Locke, en particular, la división de poderes es un elemento indispensable para el sistema político democrático liberal hasta nuestros días.

Sin embargo, en Colombia, al gobierno de turno y a la oposición del CD parecen preocuparle mucho el destino de Venezuela. Empero, aquí tenemos un sistema de gobierno presidencial que controla el Congreso de la República, cuando nuestro poder legislativo, por el contrario, no está suspendido judicialmente de sus funciones.

Neopresidencialismo y superclientelismo en Colombia

Sin embargo, los congresistas que no parlamentarios llevan en Colombia dos siglos haciendo la tarea de notarios, y negociando debajo de la mesa con el Ejecutivo. Sobre todo, después de la reforma político administrativa de 1968, cuyos principales artífices fueron Jaime Vidal Perdomo, y el presidente Carlos Lleras Restrepo. Peor aún, la Constitución de 1991, en su diseño, en algunos aspectos progresiva, instauró en cambio más de lo mismo: a un presidente que corona la pirámide clientelista.

Este neo presidencialismo aparece cobijado dizque por la transparencia del DNP  y el CONPES, mientras que el Congreso no tiene modo de controlar los  consabidos repartos presupuestales, que se califican de mermelada por las denuncias reiterativas del Centro Democrático, que ahora padece de relativo ayuno, porque, eso sí, cobran puntualmente su paga como congresistas viajeros.

En este sentido, para nada sobra recordar una frase del ex magistrado Carlos Gaviria “si la democracia es el gobierno de las mayorías, ¿cómo es posible que las mayorías estén desprotegidas y se encuentren en la pobreza o en la miseria?"[2].    

Porque resulta inexplicable que una mayoría de congresistas que dizque representan a los Departamentos y Municipios, cuyos territorios se mantienen en recurrente e insultante pobreza y violencia, mientras que la riqueza colombiana sigue en poder de unos pocos, y los pobres en su mayoría no están representados por el interés general en el Congreso de la República.

La hipocresía internacional  

Nadie a nivel internacional como Estados Unidos o la Unión Europea, le importan cómo funcionan las instituciones políticas, al tener un presidente que controla las demás ramas del poder público, donde la tal división del poder ni el sistema de pesos y contrapesos funcionan, porque están cooptados.

Por otra parte, algunos a nivel internacional les repugna el llamado de Nicolás Maduro a una Asamblea Constituyente para resolver la crisis. Pero en Colombia, algunos municipios utilizaron la herramienta constitucional de la consulta popular, para decidir si querían o no actividades mineras en sus territorios.

Sabida es que la ciudadanía decidió en contra de la minería; enseguida lo que el Gobierno Nacional intenta primero es desconocer los resultados democráticos. Pero, nadie, ni en la Unión Europea o Norteamérica se manifiesta sobre cómo un gobierno desconoce autoritariamente un resultado electoral.

 Porque en este caso sus multinacionales son las afectadas por la democracia directa y popular; no les ofrece en bandeja más privilegios mineros como acostumbran las instituciones representativas cooptadas desde la colonia española hasta nuestros días.

¿Y el ruido constitucional y legal?

También es sabido que, en 1991, Colombia adopto un modelo de república unitaria descentralizada, recientemente el Concejo Municipal de Jericó (Antioquia) aprobó prohibir actividades mineras en su territorio, pero el gobierno nacional también pretende desconocer las instituciones políticas representativas locales.

Ni que decir del Plebiscito sobre la negociación de paz con las Farc-Ep. Ganó el NO por algo más de 50.000 votos. Lo primero que hizo el gobierno fue refrendarla por una de las instituciones políticas más desprestigiadas, el Congreso. Tampoco nadie en el extranjero menciono nada. Ahora, continuando la cadena, que no nos resulte extraño cuando se desconozcan consultas populares, referendos o decisiones de autoridades locales a futuro por parte del Gobierno Centralista.

No hay duda, el Gobierno Nacional le teme más todavía a la democracia real y participativa, así que Santos no tiene mucho para mostrar, y menos darle lecciones a otro gobierno, el de Nicolás Maduro, y sus oponentes, quienes, son  iguales o peores que el nuestro.

En cantados todos, con preservar sus privilegios, y rezongar cuando los pierden frente a los nuevos inquilinos del solio de Bolívar.  La cura, por supuesto, está en la democracia, en la participación ciudadana con plenos poderes constituyentes y destituyentes, de la que habló Carlos Marx, en sus notas críticas sobre la filosofía hegeliana del derecho público, durante la primera mitad del siglo XIX. Conviene pasarle revista, en estos tiempos de “cacareos democráticos” y de supuestos “demócratas”.



[1] Politólogo, magister en estudios políticos. Participante externo del grupo Presidencialismo y Participación. E-mail: presid.y.partic@gmail.com
[2] Revista Semana, 10 de abril de 2006

miércoles, 6 de julio de 2016

LA DEMOCRACIA Y LA “CONFIANZA” INVERSIONISTA

LA DEMOCRACIA Y LA “CONFIANZA” INVERSIONISTA

David Jiménez*

“Mi mandato no procede del pueblo europeo”
Cecilia Malmstrom, Comisaria de Comercio en la Comisión Europea (Zizek, 2016, 20-21)

“la implicación más grave es para los pacientes, pues si las compañías desconfían de las reglas del país se puede retrasar la llegada de medicamentos que requieren”
María Cristina Álvarez, presidenta de Novartis en Colombia, El Colombiano, Junio 28 de 2016

Slavoj Zizek (2016)[1] plantea el fortalecimiento de un ataque a la democracia, que consiste el derecho a las empresas de demandar a los Estados y a sus gobiernos elegidos democráticamente cuando una política determinada afecta sus beneficios.

Con lo anterior, vale la pena preguntar, ¿sirve la democracia y las elecciones?, a la hora de elegir parlamentos y gobiernos por determinadas promesas de campaña que buscan atender las necesidades y demandas de los ciudadanos al interior del sistema político; cuando las decisiones de estos quedan sujetas a los acuerdos y tratados de libre comercio, donde una determinada política pública que afecte los beneficios y el patrimonio de las empresas o corporaciones, estas últimas pueden demandar a los Estados con el fin de obtener indemnizaciones cuantiosas, que a la postre son financiadas por todos los contribuyentes que pagan impuestos.

Ahora un aspirante a ser Presidente o Primer Ministro, sea de izquierda o de derecha en los sistemas políticos democráticos que pretenda defender el medio ambiente de los desechos tóxicos o nucleares, proteger los bosques, declarar zonas libre de minería, controlar los precios de los medicamentos para que millones de personas puedan acceder a servicios de salud, aumentar impuestos a las grandes empresas para financiar política social o cualquier medida que afecte los ingresos y beneficios de las grandes empresas nacionales y transnacionales, lo pueden hacer, pero dispuestos a pagar multimillonarias condenas en tribunales pactados en los “socorridos” Tratados de Libre Comercio.

El caso griego
Tenemos el caso de Grecia, con la llegada de la izquierda al poder; con su propuesta social y económica, están bajo tutela del Fondo Monetario Internacional y la Unión Europea, por más democracia y propuestas críticas recogidas por Platón, Aristóteles y Sócrates quienes fueron los primeros críticos del autogobierno en el mundo antiguo.

Ellos no se imaginarían el poder de los órganos supracionales y de las organizaciones privadas para influir en las políticas gubernamentales en contravía de las decisiones de los ciudadanos. Aunque sí conocieron y padecieron las experiencias de la liga de Delos y del Peloponeso. En tiempos actuales el debate electoral no se da en el Ágora sino en las elecciones y el resultado de las políticas no depende de éstas, sino de los pactos y tratados comerciales internacionales.

Por otra parte, la Corte Constitucional en este 2016, el máximo órgano jurídico en Colombia, quienes sus integrantes son elegidos por el Senado de la República quien se nombra por votación popular, tomo decisiones transcentales en defensa del territorio: exclusión de paramos de la actividad minera, consulta previa con indígenas y comunidades afrodescendientes para el desarrollo de proyectos mineros y declaro la inexequibilidad de la norma que prohibía a Departamentos y Municipios restringir territorios de la minería.

Pues bien, ahora los privados afectados amenazan al Gobierno colombiano con demandas en tribunales o cortes internacionales para obtener indemnizaciones por afectar sus proyectos y beneficios al restringir la actividad minero-energético amparándose en pactos y tratados internacionales. 

En la otra esquina del ring global, se encuentra Alejandro Gaviria, controvertido Ministro de Salud quién se enfrenta a la industria farmacéutica que dizque defiende la confianza inversionista y la propiedad intelectual de patentes para desplumar a los pacientes.

¿Por qué?
El gobierno pretende controlar precios de medicamentos de alto costo en el país en un sistema de salud donde acceder a servicios de esta naturaleza es, por demás, para grupos privilegiados que pueden tener pólizas o medicina prepagada para cubrir los tratamientos médicos de forma ágil y oportuna, o sus EPS, las menos, les garantiza todos los servicios con calidad.

En los anteriores casos, la democracia liberal que se expresa mediante el voto popular directo o indirecto de los sistemas políticos, descubre que las plataformas políticas no dependen si el candidato es de izquierda o derecha, sino del mismo capitalismo global que a través de los tratados de libre comercio y acuerdos comerciales le garantiza a las empresas la defensa de sus intereses y beneficios por encima de lo que disponga el gobierno elegido por los ciudadanos.

Si el gobernante implementa una política que los afecta, estos entes transnacionales y globales privados pueden obtener reparaciones económicas cuantiosas. ¿quién manda a quién en el orden político y económico  actual: las empresas o los ciudadanos?



* Politólogo, magister en estudios políticos. Participante externo GPYP UNAL. E-mail: presid.y.partic@gmail.com
[1] Zizek, S. (2016). La nueva lucha de clases. Los refugiados y el terror. Barcelona: Editorial Anagrama

viernes, 19 de junio de 2015

FINANCIACIÓN DEL POSCONFLICTO VS REFORMA TRIBUTARIA ESTRUCTURAL

FINANCIACIÓN DEL POSCONFLICTO VS REFORMA TRIBUTARIA ESTRUCTURAL

David Jiménez[1]

La posible firma de un Tratado de Paz con las Farc en La Habana, tiene un costo estimado en 80 billones según lo reportado por Fedesarrollo en febrero de 2014; el Bank of America lo valora en 187 billones según la Revista Semana en noviembre de 2014, a partir de su entrada en vigencia del acuerdo de paz, para cubrir los próximos diez años.

Sin embargo, el presupuesto general de la Nación tiene unas obligaciones permanentes y en aumento como las pensiones, la deuda pública y los gastos de funcionamiento. Los recursos restantes, luego de raspada la olla son destinados al gasto público social y seguridad. El costo estimado para la paz con la insurgencia subalterna de 80 billones, el Gobierno Nacional exige un esfuerzo adicional de generación de ingresos por 8 billones anualmente durante 10 años.

Teniendo en cuenta que se han dado dos reformas tributarias en 2012 y 2014, buscando generar mayores ingresos para el Estado, afectando a la clase media y empresarial, para poder pagar las obligaciones corrientes del gobierno central, ahora para financiar el posconflicto el gobierno de Juan Manuel Santos y/o quien lo suceda en la tarea de la paz a pactarse necesita hacer una reforma estructural al sistema tributario.

Quebrarle una vértebra
                                                
Ello significará, de una parte, quebrarle una vértebra al capital financiero, al tiempo que ponerle “coto” al despilfarro guerrero en la derrama de recursos para financiar a las FFAA  y la Policía, la segunda agencia empleadora del país, a sus tres niveles, comando superior, mandos medios y tropa y efectivos policiales.
Por otra parte, la comunidad internacional podrá dar ayuda al proceso de paz, pero con créditos, y estos se traducen en mayor deuda pública. Serán escasos los recursos por donación para financiar el eventual acuerdo de paz, porque muchos países desarrollados, y Europa en particular, tienen sus propias crisis económicas desde 2008.
Adicional a lo dicho, el precio del dólar con tendencia al alza, y manejo discrecional de la Reserva Federal, se ve traducido en aumento de la deuda pública externa; la caída del precio del petróleo produce menos ingresos corrientes al Gobierno Central y de las regalías para las regiones. Hay, igualmente, un déficit de la balanza comercial; aumento del gasto en pensiones con recursos del presupuesto nacional.

Por lo pronto, las cuentas nacionales no dan para alcanzar ingresos adicionales por 8 billones por año para cumplir con un posible acuerdo de paz. Dicho lo cual, hay retórica pero no un presupuesto realista bajo las actuales condiciones de la economía de Colombia que permita hacer una paz eficaz, en lugar de un simulacro vacío de recursos.

Haciendo caja, cambiar el modelo

                                                       Urge entonces conoce la cifra exacta de los valores de cada punto aprobado en La Habana con un posible acuerdo de paz. Es urgente precisar los diferentes estimativos para financiar el posconflicto en un contexto donde la comunidad internacional representada en las economías desarrolladas tiene presión fiscal por la crisis financieras y económicas desde 2008 y estancamiento económico de países europeos.

La única alternativa viable es tocar las exenciones fiscales con valor superior a los 6 billones de pesos anuales según se revela en el denominado Marco Fiscal de Mediano Plazo. Este es un asunto donde está inmiscuido el gran capital nacional y transnacional con la famosa “seguridad jurídica inversionista” que perpetúa el denominado capitalismo político estudiado hace varias décadas por sociólogos, economistas y politólogos latinoamericanos. Existen las reflexiones de Francisco Weffort, Cavarozzi y el colombiano Edgar Reveiz al respecto.

 Tiene que removerse la premisa de que el modelo político y económico no se negocia. Esto solo se logrará con una Constituyente Subalterna. En pocas palabras, de no ocurrir el involucramiento activo de la ciudadanía y la sociedad civil de abajo, no habrá  recursos para el publicitado postconflicto. No se tendrán el dinero contante y sonante para generar el impacto deseado, es decir, para disminuir o eliminar las causas estructurales del conflicto armado colombiano.

Finalmente, en apoyo de este viraje radical, que no “revolcón gavirista,” la Comisión de Expertos de la Reforma Estructural sustenta la tesis meridiana  de que el sistema tributario de Colombia no es progresivo ni equitativo, corresponde a uno de los países con mayor inequidad,  donde el 1% de la población concentra el 20% del ingreso total del país.

Ahora falta esperar en los próximos meses las propuestas que salgan de aquella comisión para gravar el ingreso, la riqueza y el patrimonio bajo el supuesto de generar mayor progresividad y equidad, que redunde en aumentar los ingresos tributarios del Gobierno Central, para financiar su deficitaria política social, y el eventual proceso de paz que por estos días está trastabillando, afectado por la idea reaccionaria de desandar lo ya caminado.

Lo cual no poco tiene que ver con la fracasada reunión entre el superministro Martínez Salcedo y los “cacaos” de Colombia, siendo el principal de todos, el exalumno de la U. Nacional, Luis Carlos Sarmiento Angulo, colmado por estos días con todos los honores, y jugosas adjudicaciones de carreteras a lo largo y ancho de un país incomunicado en los cuatro puntos cardinales.




[1] Politólogo y Estudiante de Maestría en Estudios Políticos de la Universidad Nacional de Colombia, participante externo del Grupo Presidencialismo y Participación Unal. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

viernes, 16 de mayo de 2014

LA TERCERIZACIÓN LABORAL EN EL SECTOR SALUD: ¿INCONSTITUCIONAL?

LA TERCERIZACIÓN LABORAL EN EL SECTOR SALUD: ¿INCONSTITUCIONAL?

David Jiménez[1]
                                                                                    
El Ministro de Salud Alejandro Gaviria en su proyecto de ley ordinaria de reforma a la salud tiene visualizado un nuevo esquema de régimen laboral para las Empresas Sociales del Estado (Hospitales Públicos) del orden territorial.

La re-precarización laboral propuesta

En primer lugar, propone que los gerentes de los hospitales públicos departamentales, distritales y municipales sean de libre nombramiento y remoción, escogidos por el gobernador o alcalde respectivo, desconociendo que actualmente son nombrados por concurso público de méritos pero con actos irregulares como la “compra de gerencias de hospitales” [2]. En segundo lugar, propone el ministro que todos los cargos de la parte asistencial de los hospitales públicos sean de libre nombramiento y remoción, y que solo los de la parte administrativa sean de carrera administrativa. En tercer lugar, propone una nueva clasificación de servidor público “servidores de la salud” donde son nombrados a criterio del gerente donde el acto administrativo señala el periodo de vinculación, actividad y fecha de retiro.

Lo anterior, busca evadir que los hospitales públicos se les aplique la carrera administrativa (art. 15 de la Constitución y Ley 909 de 2004) mediante concurso público  abierto y de méritos, como forma de estabilidad laboral de empleados públicos para no quedar en manos de alcaldes y gobernadores con sus respectivos concejales y diputados en la clientelismo de “puestos y empleos públicos”.

El antecedente

La Corte Constitucional en las sentencias C-614/2009 y C-171/2012 señala que la tercerización laboral a través de los contratos de prestación de servicios o contratos con terceros, donde aparecen miles de trabajadores subcontratados a través de cooperativas, asociaciones, corporaciones o fundaciones; es una clara burla a los derechos laboral y al vínculo laboral con el Estado contenido en el artículo 125 de la Constitución Nacional.

En las citadas sentencias, la Corte Constitucional exhorta a los órganos de control – Contraloría General de la República y Procuraduría General de la Nación -, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Trabajo para que hagan cumplir las sentencias y protejan los recursos públicos provocados por la tercerización laboral.

Desde 2009, la contratación con terceros se profundiza en los hospitales públicos en la mayoría de las instituciones de salud públicas en Colombia, pero con el silencio cómplice del Estado Central, cuando en los Departamentos y Municipios se continúa con la tercerización laboral, a pesar de como señala claramente el máximo órgano de cierre jurídico en Colombia ha señalado que es inconstitucional.

También es hora que Sandra Morelli Contralora General de la República y Alejandro Ordoñez Maldonado Procurador General de la Nación, estén con lupa hospital público por hospital vigilando el cumplimiento de las citadas sentencias.



[1] Politólogo. Estudiante de la Maestría en Estudios Políticos. Participante externo del Grupo Presidencialismo y Participación de la Unal. E-mail: presid.y.partic@gmail.com
[2] Ver La Silla Vacia. La pelea por las gerencias de hospitales: el último ingrediente en la crisis de la salud. Por Nicolás Barbosa López, 2012-07-03. [en línea] http://lasillavacia.com/historia/la-pelea-por-las-gerencias-de-hospitales-el-ultimo-ingrediente-en-la-crisis-de-la-salud-343

viernes, 14 de marzo de 2014

EL ESTATUTO DE LA OPOSICIÓN: UN ASUNTO PENDIENTE

EL ESTATUTO DE LA OPOSICIÓN: UN ASUNTO PENDIENTE

 David Jiménez[1]

El régimen político colombiano requiere con urgencia un estatuto de la oposición que garantice a los partidos y movimientos políticos, el libre ejercicio con garantías de la oposición política en el orden nacional y territorial. Desde 1991 hasta la actualidad, no se ha reglamentado el artículo 112 de la Constitución sobre el estatuto de la oposición, en una democracia donde la violencia política ha sido una constante con miles de muertes violentas, secuestros, desapariciones y amenazas a políticos en el nivel nacional, regional y local.

En particular, tal reglamentación tendrá inevitablemente que reformar el tipo de elección de los Magistrados del Consejo Nacional Electoral, dado que este organismo es elegido por el Congreso de la República. Tendrá que ser una elección interinstitucional o meritocrática sin la intervención exclusiva y excluyente de los partidos  o movimientos políticos. No podemos pensar, mucho menos asegurar que la máxima autoridad electoral que representa a las fuerzas políticas mayoritarias del congreso garantice, porque no ocurrió así, igualdad, imparcialidad y transparencia electoral para todas las organizaciones, partidos, movimientos y asociaciones de carácter político.

La reelección presidencial inmediata introdujo un cambio sustancial en el sistema político y la oposición quedó en una tarea más difícil de conquistar electores, porque a pesar de que existen restricciones en contratación directa, celebración de convenios interadministrativos y reformar a las estructuras de las plantas de cargo de entidades oficiales.

Sin embargo, es difícil competir con un presidente-candidato que tiene a su favor todo el poder burocrático y presupuestal del Estado, un control del congreso, el presupuesto nacional aplicado a proyectos de destinación especial y el acceso a medios de comunicación en horario prime time.

La regulación del artículo 112 de la Constitución, esto es, el estatuto de la oposición, concederá acceso igualitario a quienes no lo tienen a medios de comunicación públicos y privados para ejercer libremente la función crítica y plantear alternativas políticas; además de que se les garantice la seguridad e integridad personal a sus líderes y dirigentes.

A su vez, el acceso a medios de comunicación no solo la deben tener los partidos de oposición en el Congreso de la República, también los movimientos y organizaciones sociales que se declaren en oposición a un Gobierno sea este nacional, departamental, distrital o municipal. Estas son condiciones mínimas para de verdad estimular la participación del común de la ciudadanía organizada o no.

El reto de la Rama Legislativa es reformar la constitución para que garantice el derecho real y efectivo de la oposición política a los partidos políticos en las corporaciones públicas de elección popular y a los movimientos y organizaciones sociales, porque hoy unos están en la coalición “ganadora” de Unidad Nacional, pero mañana podrán estar en la oposición. Todos, en suma, necesitan garantías para ejercer libremente este derecho.

Pero, en la circunstancia que esta rama siga exhibiendo su vocación paquidérmica para los asuntos que en apariencia no le convienen, forzará a la realización de una asamblea constituyente que haga efectiva la proclamada participación política del artículo 40 de la Constitución de 1991, y los artículos que le son complementarios.






[1] Politólogo. Participante del Grupo Presidencialismo y Participación de la Universidad Nacional de Colombia. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

domingo, 8 de septiembre de 2013

LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO: ¿ES UN MITO?

LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO: ¿ES UN MITO?
David Jiménez[1]

El Gobierno Nacional desde 2012 nos habla de un Acuerdo para la Terminación del Conflicto,  fruto de las negociaciones en La Habana con las Farc-ep. De esta manera, el Congreso Colombiano de mayoría gobiernista aprobó el Marco Jurídico para la Paz, y muy seguramente aprobará la ley que convoca al pueblo al referendo de la paz.

Sin embargo,  debemos tener claro si el proceso de paz con las Farc-ep es un éxito, eso no será traducido en paz en todo el territorio nacional, dado la alta presencia de grupos armados ilegales en toda la geografía, la publicación de El Espectador (27.08.2013) sobre el informe de INDEPAZ  sobre la presencia de estos grupos así:

-      -    Bandas Criminales: presencia en 31 Departamentos y 409 municipios
-       -   Farc-ep:  presencia  en 28 Departamentos  y 262 municipios
-         -  ELN:  presencia en 13 Departamentos y  72 municipios

Con lo anterior, si el país tiene 32 Departamentos y 1.100 municipios aproximadamente,  se muestra la debilidad del Estado para garantizar su presencia (judicial, militar, policial, fiscal y social)  en todo el territorio. Así que, una negociación exitosa para la paz sin tener en cuenta a las Bandas Criminales o Neoparamilitares y al ELN, no se verá reflejada en paz y tranquilidad en muchos municipios del país, sin tener en cuenta que las FARC en un eventual proceso de desmovilización, desarme y reincorporación a la vida civil terminen algunos disientes y reincidentes en formar bandas criminales en los territorios; un gran riesgo que no se discute en el Congreso, La Habana y la Casa de Nariño.

Así que, la terminación del conflicto será ficción si no se aprende las lecciones de las pasadas negociaciones con guerrillas y paramilitares, y dado que si no se incluyen todos los actores en conflicto en el dialogo, los usos de la violencia y el terror continuaran como si nada hubiera cambiado, la solución a eso es más “Democracia Real”, que transcienda la democracia representativa incorporada en una entidad desprestigiada social y políticamente por la sociedad colombiana como lo es el Congreso de la República,  que aunque tiene la función constitucional de hacer las leyes y reformar la constitución, en episodios trascendentales para la Democracia Colombiana son cuestionables que se hagan por el constituyente derivado y no por el constituyen primario.

El referendo de la paz

El calendario electoral del 2014, con la presentación del proyecto de ley para convocar a un referendo por la paz, es cuestionable por varias razones.  En primer lugar, la democracia delegativa representada en el Congreso de la República tramitará un proyecto para convocar al pueblo a referendo cuando ni siquiera el Gobierno Nacional y las Farc-ep han firmado o suscrito acuerdos sobre temas que discuten en forma abierta y pública a la sociedad política y civil. En segundo lugar, el proyecto de referendo supone un escenario en los próximos meses de que el Gobierno Nacional firmará un acuerdo con las Far-ep, la Corte Constitucional avalará dicha ley para convocar a referendo y por último, ganarán en las urnas porque harán que la elección coincida con otra para que la participación electoral  sea mayor en contra de la abstención. Y finalmente, no conocemos bién (toda la sociedad) como va el proceso de negociación, con lo cual vale la pena estos interrogantes: ¿cuáles serán los mecanismos para incorporar todos los acuerdos a la estructura jurídico-legal del Estado?, ¿Cómo será el proceso de desmovilización, desarme y reincorporación?, ¿Quienes estarán sometidos a la justicia ordinaria y a la justicia transicional cumpliendo las normas del Derecho Internacional? , ¿Cómo serán los mecanismo de reparación a las víctimas de las Far-ep?; son algunas inquietudes que podrían resolver las reservas que tienen muchos sectores con el proceso de negociación en escenarios de polarización donde no conocemos bien lo que se negocia y discute en La Habana o si estamos en un cuento de ficción.




[1] Politólogo. Estudiante de Maestría en Estudios Políticos. Participante del Grupo Presidencialismo y Participación de la Universidad Nacional de Colombia. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

lunes, 26 de agosto de 2013

EL REFERENDO PARA LA PAZ: EN LA ENCRUCIJADA

EL REFERENDO PARA LA PAZ: EN LA ENCRUCIJADA

David Jiménez[1]

Desde finales de año 2011 el Gobierno de Juan Manuel Santos viene en diálogos con el grupo armado ilegal FARC-EP, desde 2012 se instalaron oficialmente los diálogos de paz, que tienen varias contradicciones.

El Gobierno Nacional con su congreso mayoritario aprobó el Acto Legislativo No 01 de 2012 “Marco Jurídico para la Paz”, y que se está a la espera de la declaratoria de exequibilidad por la Corte Constitucional. Sin embargo, frente a la reforma constitucional del Marco Jurídico para la Paz de iniciativa del Gobierno y del expresidente del Congreso Roy Barreras, en plenos diálogos de paz, la guerrilla de las Farc-ep ha mostrado sus críticas frente a dicha normatividad constitucional en caso de aplicarse para un Acuerdo de Paz. Dado lo anterior, existe una contradicción de intereses entre guerrilla y Gobierno Nacional para llegar al famoso Acuerdo Final del Conflicto, que no será final porque está por fuera el ELN y las Bandas Criminales o Neoparamilitares, estos siguen ocasionado terror y muerte en toda la geografía nacional.

A su vez, desde La Habana, la guerrilla de las Farc-ep en su propuesta de desarrollo agrario, participación en política de excombatientes, entre otros aspectos; han señalado que dichos acuerdos deben ser reincorporados a la constitución a través de una Asamblea Nacional Constituyente con la participación de la sociedad colombiana.  En la otra órbita , el Gobierno Nacional dice que no está de acuerdo en convocar a una Asamblea Nacional Constituyente; desconociendo que los temas que tratan en La Habana, toca aspectos claves de la Constitución de 1991, y que si llegan a un determinado acuerdo, deberán hacerse las respectivas reformas constitucionales vía constituyente primario o derivado, con lo cual cabe la pregunta:  ¿Quién tiene más legitimidad para reformar la constitución: el Congreso o el pueblo a través de una constituyente?

Por otra parte, la semana pasada, el Ministerio del Interior con otros congresistas de su coalición  radico un proyecto de ley por medio del cual se convoca al pueblo para un referendo constitucional para avalar el famoso Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto, que de finalización del conflicto no tiene nada por la existencia de organizaciones armadas en todo el territorio nacional que continúan con estructuras militares de control territorial. La exposición de motivos de dicho proyecto, señala que busca es darle participación a la sociedad colombiana, ¿ los colombianos votarán por el SI, NO o en Blanco por un Acuerdo que no conocen que temas y aspectos se acordaron o negociaron ? . Sin embargo, la inteligencia del Ministro Carrillo quedo claro en el proyecto de ley, que dicho referendo podrá coincidir con otras elecciones, el objetivo es que si hacen elección separada de referendo de otras elecciones, la participación sería minoritaria, en cambio si la hacen en elecciones de congreso o Presidente en 2014, la participación sería mayor, así mostrarían legitimidad para el proceso.

PD: ¿ las protestas sociales en Colombia fortalecen a las Farc en La Habana frente a sus críticas al desarrollo agrario y minero-energético adoptado por Colombia?



[1] Politólogo. Estudiante de Maestría en Estudios Políticos. Participante del Grupo Presidencialismo y Participación de la Universidad Nacional de Colombia. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

jueves, 25 de julio de 2013

¿QUÉ HAY DETRÁS DE LA MINERÍA?

¿QUÉ HAY DETRÁS DE LA MINERÍA?

David Jiménez[1]

Los pequeños mineros desde el 17 de julio de 2013 en diferentes zonas del país están realizando protestas en contra de la política nacional minera en relación a la minería tradicional y artesanal.

Sin embargo,  el conflicto por el desarrollo minero-energético del país implementado por el Gobierno Nacional tiene varios antecedentes. En 2011 el Ministro de Minas, hoy Ministro de Hacienda, le dijo a El Tiempo (Noviembre 5, 2011):  “A la minería ilegal hay que darle el mismo tratamiento que al narcotráfico”.

Esa visión de la minería ilegal desborda de la realidad. Es cierto que existen actores legales o ilegales que capturan rentas, como el caso de la minería, pero tratar a todos los mineros como criminales es un notable desacierto por grandes razones.

En primer lugar, la minería tradicional y artesanal tiene  su historia desde la colonia española durante el virreinato de la Nueva Granada. En el Distrito Minero de Zaragoza, el Bagre, Segovia y Remedios tenemos mineros tradicionales y artesanales pero es una zona con alta intensidad del conflicto, donde convergen guerrillas y neoparamilitares desde hace décadas.
El Estado central no ha tenido la capacidad para confrontarlos y judicializarlos; además  existe el cáncer crónico de la corrupción histórica de las regalías; así  aún podemos ver a Segovia y Remedios sin un servicio de acueducto y alcantarillado que reúna todas las calidades técnicas y sanitarias, cuando por muchos años han recibido miles de millones en regalías que se han quedado en los bolsillos de caciques locales y regionales. El caso Pérez García, para citar uno apenas, es emblemático y sintomático de esta desgracia.

En segundo lugar, los requisitos para acceder a un titulo minero, la producción normativa que los regula, creada por el Congreso y el Gobierno Nacional está destinada para el gran capital nacional y transnacional de la minería. En resumen, un pequeño minero no tiene cómo competir con Mineros S.A. o Gran Colombia Gold para que le adjudiquen conforme a la ley vigente un título minero.

Al mismo tiempo, otro gran problema es que vemos el vergonzoso tránsito ”normal” entre directivos de las entidades públicas del orden nacional y departamental que tuvieron a su cargo al área minera, quienes una vez salen de sus cargos terminan laborando como empleados de diverso rango en las grandes empresas mineras.

De este proceder es ejemplar el caso del ex director de INGEOMINAS Julián Villarroel. Él ahora trabaja casualmente para el proyecto Gramalote de Anglogold Ashanti, sin ningún impedimento ético. Por el contrario, debería existir alguna clase de inhabilidad de los ex servidores públicos para trabajar en el sector privado que fue objeto de regulación, inspección y vigilancia cuando aquellos se desempeñaron como empleados públicos.
Eso son los temas que en verdad deben estar en la agenda legislativa del Congreso y del Gobierno, pero no ocurre así hasta hoy. Para lograr que la política minera sea transparente en el ámbito nacional y territorial sin impedimentos éticos de servidores o ex servidores públicos.

En tercer lugar, la soberanía nacional está siendo amenazada con la gran minería. Ellos con sus títulos mineros compran grandes extensiones de tierra al igual que las compañías de la llamada forestación Industrial, desplazan a pequeños mineros y campesinos. Afectan la soberanía sobre los recursos naturales y el territorio, y algún día el resultado que se incuba a nuestra vista es que un gran porcentaje del suelo estará en manos de extranjeros.
Así que, el Ministerio del Medio Ambiente y las Corporaciones Autónomas Regionales deben declarar zonas libres de la minería por su importancia ecológica, hídrica y ambiental para el famoso “Desarrollo Sostenible” de la política ambiental desde los años 90s del siglo XX.

En cuarto lugar, las regalías reformadas por el sistema general de regalías que le da poder al Gobierno Central para aprobar y decidir en la ejecución de los proyectos, debe mostrar un horizonte de buen gobierno, y no de descarada centralización administrativa alcabalera  ejercida por el Departamento Nacional de Planeación, sin claros y eficientes resultados que respalden su injerencia.

Finalmente, como dicen, el “meter a todos en un mismo costal” es un error del Gobierno Nacional, porque su debilidad histórica para confrontar, investigar y judicializar a los ilegales y criminales no puede resolverse  igualando y desconociendo las raíces coloniales de la minería tradicional y artesanal de la cual viven miles de colombianos que ahora protestan en las carreteras y poblados de la Colombia profunda que se soslaya, a no ser que proteste y se hagan sentir de diferente manera como estas últimas semanas.




[1] Politólogo. Participante del Grupo Presidencialismo y Participación de la Universidad Nacional de Colombia. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

lunes, 1 de julio de 2013

LA CONSTITUYENTE: FICCIÓN O REALIDAD

LA CONSTITUYENTE: FICCIÓN O REALIDAD
David Jiménez[1]

El proceso de paz que se “negocia” entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las Farc-ep en La Habana tiene como punto álgido la convocatoria a una constituyente, una petición que la guerrilla hace por una simple razón, porque las propuestas de desarrollo agrario integral, participación en política de excombatientes, victimas, implementación de los acuerdos y refrendación bajo el régimen político presidencialista definido, acotado por la Constitución de 1991 no las permite por diferente razones.

En primer lugar, el desarrollo agrario integral, necesita no solo modificar la constitución donde se especifique la responsabilidad del Estado de prestar asistencia técnica y financiera a los pequeños y medianos productores del campo y de redistribuir la propiedad rural bajo criterios de equidad, sino que también exige la expedición un Estatuto de Desarrollo Rural que reglamente todas las funciones, competencias, responsabilidades y financiación de la política de desarrollo agrario y de redistribución de la tierra entre la Nación, las entidades territoriales y el sector privado.

Conviene recordar, sí, que para tales casos existen leyes como la ley 101/93 y 160/1994, - para señalar las más importantes -, donde las circunstancias actuales para que una reforma de desarrollo agrario integral “prospere” requiere, sin embargo, un nuevo marco jurídico que asegure el desarrollo rural y la redistribución de la tierra en los 1.100 municipios colombianos.
En segundo lugar, el congreso de la República por su mala imagen ante la opinión pública, la presencia activa de la parapolítica en los últimos tres periodos presidenciales, sumados la pobre calidad de los debates y el poder de los gremios económicos del sector agrario, no está en capacidad de aprobar un Estatuto de Desarrollo Rural.

Por lo demás,  los grandes intereses agrarios y rurales, legales e ilegales están en el Congreso sobre-representados. El único camino que queda es a través de una constituyente con la partipación de todos los sectores políticos, sociales, comunitarios, campesinos y económicos.

En tercer lugar, a propósito de la participación política, la constitución de 1991 tiene un régimen de inhabilidades para ser elegido congresista. Leyes como la ley 136/94 y 617/2000 establecen las inhabilidades para ser alcalde o concejal. Con estas reglas de juego no podrían participar ex combatientes de la guerrilla o el paramilitarismo en política por tener condenas penales vigentes.

A su vez, la reforma política de 2009 estableció un umbral del 3% para que una organización política sea reconocida jurídica y políticamente por el Consejo Nacional Electoral. Esa norma le impide a movimientos políticos como el Polo, MIRA y el Verde continuar como partidos políticos. A los excombatientes le sería difícil conquistar curules en el congreso bajo ese esquema del sistema electoral actual que fortalece al bipartidismo y sus “placebos”.  Una nueva apertura del sistema político, que cuente con los de abajo, requiere una participación real y efectiva de los ciudadanos por dos vías: la Constituyente y el Congreso.

En cuarto lugar, la ley 1448 de 2011 Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, no puede quedarse solo en la reparación económica, sino que requiere  fortalecer el sistema judicial para que investigue y sancione a todos los responsables y victimarios del conflicto armado, para aplicar los postulados de Verdad y Justicia.

 Los grupos al margen de la ley, y los potentados rapaces deben devolver toda la tierra que han conquistado con las armas, el narcotráfico, o la ilegalidad, a la vez que contarle a la justicia y la ciudadanía sus relaciones con sectores políticos y económicos. Con el fracaso de la reforma a la justicia vía Congreso, las víctimas y la justicia requieren un diseño institucional a través de una constituyente, porque el legislador y los honorables magistrados solo quieren prebendas para sí mismos.

En suma, la refrendación de los acuerdos que son puntos que afectarán artículos de la constitución política, exige una constituyente que luego sea refrendada por el pueblo en las urnas, algo que no paso en 1991. Convocar a un Plebiscito o una Consulta Popular para votar SI/NO sería un absurdo más en tiempos de democracia participativa.

Finalmente, el miedo de Humberto de La Calle es que se sabe cómo inician las constituyentes pero no cómo terminan, dado que no obedecen a norma anterior. Es verdad lo dicho, es la naturaleza del poder constituyente, es un riesgo que le corresponde tomar a una ciudadanía madura. Por lo demás, las reformas acordadas en La Habana no tiene fundamento que el Congreso de la República las trámite vía Acto Legislativo. ¿Dónde quedarían los ciudadanos de todos los sectores ideológicos y la sociedad civil? El Gobierno nacional debe revelar la verdad sobre  lo acordado para el trámite de las reformas al régimen y al sistema político vigentes: constituyente, congreso, plebiscito, referéndum o consulta popular.

PD: El proceso de paz en La Habana tampoco podrá olvidar la vigencia del Estatuto de Roma que da competencia a la Corte Penal Internacional para conocer  y fallar las graves violaciones a los derechos humanos que afectan el derecho internacional humanitario, o, ¿será que cambiar la constitución de Colombia bastará para eludir su competencia?



[1] Politólogo. Participante del Grupo Presidencialismo y Participación de la Universidad Nacional de Colombia. E-mail: presid.y.partic@gmail.com