martes, 8 de diciembre de 2015

LA DEMOCRACIA PLEBLISCITARIA POR LA PAZ

LA DEMOCRACIA PLEBLISCITARIA POR LA PAZ

David Jiménez*

Desde hace décadas, en América Latina se habla de la democracia plebiscitaria, un continente con tradiciones populistas y neo populistas que impiden el desarrollo de sistemas políticos democráticos, del cual Colombia no escapa en su historia política reciente.  Ahora con el proceso de paz, el Gobierno Nacional entre las fórmulas de refrendación tales como constituyente, referéndum, plebiscito, optó por esta última para convocar a la ciudadanía.

El plebiscito es una manifestación del pueblo convocada por el Presidente de la República, avalando o rechazando una decisión gubernamental.  Por ahora, el proyecto de ley estatutaria 094 de 2015 Senado – 156 Cámara de 2015, para regular el plebiscito por la paz fue aprobado hace una semana. En los debates de comisiones y plenarias, la coalición de la  Unidad Nacional demuestra mayoría absoluta para aprobar la iniciativa, es un hecho que se ha impuesto en toda la agenda legislativa.

A su vez, el plebiscito es una forma democrática para “oir” la voz del pueblo mediante un “Si” o un “No”; sin ningún tipo de discusión por parte de la ciudadanía. Es una forma incompleta de apelar al pueblo para las decisiones que le convienen al gobierno. La iniciativa aprobada en primer y segundo debate en Senado y Cámara, consagra que el plebiscito por la paz es aprobado por el “si” con la obtención de votos mayor al 13% del censo electoral y le gane al “no”.

El gobierno y su coalición, quieren lograr el apoyo para este mecanismo de participación democrática mediante el mínimo  electoral posible, en un país donde la abstención oscila entre 50% a 40%, de acuerdo con los resultados registrados en las elecciones de carácter nacional o territorial. En pocas palabras, se trata de asegurar el resultado a favor del gobierno, en materia de mecanismo refrendatorio, porque las Farc-ep han insistido en la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente.

En el 2003, cuando el Presidente no controlaba la Corte Constitucional, a propósito entonces del Referendo implementado por Álvaro Uribe, muchas de sus preguntas fueron declaradas inexequibles por el alto tribunal, porque éstas confundían a la ciudadanía. Ahora el plebiscito confundirá aún más cuando la opción de la tarjeta electoral será un “SI” o un “No”; pero, en todo caso, vale la pena el interrogante inmediato:

¿La Corte Constitucional avalará la constitucionalidad de ese plebiscito cuya finalidad es el aval popular para las reformas de orden constitucional y legal fruto del proceso de negociación de la paz con las Farc-ep?

La democracia por y para la paz requiere algo más con urgencia, una democracia en términos reales, es decir, con deliberación y participación ciudadana en todos los ámbitos de la sociedad colombiana. La paz no puede usarse como instrumento de manipulación ciudadana por las vías electorales, para justificar las próximas reformas constitucionales en varios tópicos relevantes: justicia transicional, sistema electoral, congreso, entre otros; sino a la construcción de una ciudadanía responsable.

 Finalmente, basta recordar al constitucionalista exiliado en Salamanca, a raíz de la destitución del general Arias Cabrales, Hernando Valencia Villa, para quien las reformas a la constitución colombiana son Cartas de batalla; pero en este caso, un plebiscito para argumentar cualquier clase de reforma a la constitución, llega a “disparar” con pólvora mojada.

El Gobierno Nacional con su  “botín presupuestal”, reducido por la baja de los ingresos fiscales para 2016 por los precios del petróleo y la turbulencia económica internacional, pero “encantado” con el tesoro del bajel San José ; tiene la misión de ganar y movilizar a los votantes a favor de este plebiscito. Lo hará acudiendo a dos estrategias: el apoyo de su bancada de congresistas, compensados con su fórmula de “mermelada en Departamentos y Municipios”; y  utilizando una herramienta efectiva de control de masas, los medios de comunicación, tal como lo ordena el artículo 5 del aprobado proyecto de ley por el plebiscito por la paz. 

Pero, le falta el asentimiento de la contra parte, la insurgencia subalterna de las Farc-EP, que así como lo hizo con el referendo, antes, ahora, dice también no al mecanismo del plebiscito; y se queda sola en la exigencia de una asamblea constituyente, porque la “verdadera oposición”, el Centro Democrático con su prohombre ya defeccionó también en su altisonante petición inicial de una constituyente, hecha a su medida, esto es, con el menor de los riesgos posibles. 










* Politólogo, estudiante de maestría en estudios políticos. Participante externo del GPYP/UNAL. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

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