martes, 4 de diciembre de 2012

LOS LÍMITES DE LA PAZ CON LAS FARC


LOS LÍMITES DE LA PAZ CON LAS FARC
David Jiménez[1]

El Gobierno Nacional adelanta un proceso de negociación con las FARC. El supuesto de la reincorporación a la vida civil de los combatientes y la participación en política de sus miembros bajo el orden constitucional de 1991.

¿Los limites internacionales?

Nuestro país ha celebrado y ratificado tratados internacionales sobre derechos humanos y derecho internacional humanitario; con lo cual las negociaciones con el grupo armado ilegal ó terrorista FARC deben estar sincronizadas con esta normatividad internacional de la cual ha sido un violador sistemático con sus acciones armadas contra la población civil al incumplir en materia de derechos humanos la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), Declaración Americana de los Derechos del Hombre (1948) , Convención sobre los Derechos del Niño (1990); además, en materia de Derecho internacional humanitario nunca ha cumplido los cuatro convenios de Ginebra que regulan los conflictos armados.

La firma del tratado de Roma sobre la constitución de la Corte Penal Internacional, tiene jurisdicción en Colombia para castigar los crímenes de guerra, genocidio, de agresión y lesa humanidad, dónde las Farc con sus masacres no salen bien libradas.

Finalmente, desde los ataques a EE.UU el 11 de septiembre de 2001, Colombia se encuentra entre los Estados que ha condenado y cumplido las resoluciones de la ONU para combatir y perseguir el terrorismo.

Los retos

Las negociaciones con las FARC deben ser públicas de cara a la ciudadanía y a la opinión nacional e internacional. El proceso no puede estar pensando en construir un país de “Alicia en el país de las maravillas” desconociendo los tratados internacionales firmados y ratificados por Colombia en asuntos de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, Antiterrorismo, Corte Penal Internacional y Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Ahora no podemos conseguir la paz con las Farc retirándonos de los tratados internacionales. Tal y como acaba de suceder al desconocer el gobierno de Colombia la competencia de la Corte Internacional de Justicia después de la pérdida de mar territorial con Nicaragua, porque terminaríamos induciendo una muerte letal al principio de la confianza inversionista  en  el mercado de capitales nacional y extranjero, sin lograr resolver el problema principal de las fronteras nacionales con tal remedio.



[1] Participante del Grupo Presidencialismo y Participación UNIJUS/COLCIENCIAS

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