REFORMISMO
CONSTITUCIONAL
David
Jiménez[1]
La Asamblea Nacional
Constituyente estableció que los mecanismos para reformar la constitución de
1991 sería a través del congreso, referendo ó de una Asamblea Nacional
Constituyente.
En la democracia colombiana,
la participación ciudadana como constituyente primario y soberano para decidir
el rumbo del Estado en manos de sus representantes, porque la constitución
desde 1991 ha sido reformada solo por el congreso excepto por el referendo de
2003 donde se aprobó una reforma que consiste en la pérdida de derechos
políticos a las personas que sean condenadas por delitos contra el patrimonio
del Estado.
Los
hechos 1991-2010
Desde aprobada la
constitución de 1991, cada gobierno intenta reformarla sustentado en su
votación popular y su mayoría legislativa con la premisa de “modernizar el
Estado”.
En el periodo de Cesar
Gaviria, el gobierno de facultades nunca antes de vistas a través de los
parágrafos transitorios otorgados por la Asamblea Nacional Constituyente logró
aprobar mediante decreto la reforma al Estado sin contar con el Congreso, y
solo hasta 1993, logró aprobar tres (3) actos legislativos para modificar la
carta política.
Con Ernesto Samper, se
aprobarón cinco (5) actos legislativos, la reforma más conocida es la
aprobación de la extradición. En el gobierno Pastrana, con una visión de
reestructurar el Estado y sus proyectos de
ley para convocar a referendo y de reforma política quedaron archivados
en el congreso por no contar con mayoría para su aprobación, solo logro aprobar
seis (6) reformas , la más recordada, el sistema general de participaciones
regulada posteriormente por la ley 715 de 2001.
Posteriormente, el periodo
presidencial más largo posterior a la constitución de 1991, Álvaro Uribe logró
aprobar en 8 años quince (15) reformas, en especial, la reforma política de
2003 y 2009 que han buscado fortalecer los partidos políticos en el plano ideológico y programático con la
sociedad, al parecer no sido una realidad. De las reformas, solo el Acto Legislativo No 1
de 2008 terminó negado en su totalidad porque buscaba incorporar a los
empleados públicos nombrados en provisionalidad en carrera administrativa, fue
declarado inexequible dicha reforma por la Corte Constitucional.
El
presente 2010-
El Gobierno Reformista de
Juan Manuel Santos, no escapa a la excepción presidencial de modificar la
constitución con su mayoría parlamentaria,
a Diciembre de 2012, en 2 años y 4 meses de gobierno ha logrado ocho (8)
actos legislativos, y si la reforma a la justicia hubiera sido aprobada, serían
9 en total.
Ningún Presidente, en 28
meses ha logrado 8 reformas a la carta magna en la historia política de
Colombia desde 1886. A parte de eso, entre septiembre de 2010 a diciembre de
2012 el Presidente ha sancionado 182 leyes cuando su antecesor en 8 años
sancionó 639 leyes.
Al parecer, el Gobierno que
tiene reelección asegurada por su mayoría parlamentaria y por el presupuesto
general de la Nación, y con su visión reformista de la constitución de 1991,
los colombianos terminaremos regulados por una constitución expedida por el
gobierno de turno, en especial del Presidente que al parecer le hará mayores
reformas.
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