sábado, 20 de mayo de 2017

PAZ SUBALTERNA, DEMOCRACIA Y CONSTITUCIÓN

LOS OBSTÁCULOS DE LA PAZ NEOLIBERAL Y LA CONSTITUCIÓN COLOMBIANA. (PARTE I)

miguel angel herrera zgaib
profesor asociado, ciencia política, unal. Bogotá.
Director Sociedad GlobAL Gramsci, SGG/GGS

"Colombia es un ejemplo para el mundo." Donald Trump, reunión con Juan Manuel Santos en Washington.

Ayer, en medio de la visita presidencial a Donald Trump, un mandatario en aprietos, por su particular manera de entender la división liberal de los poderes públicos, hubo en Colombia un episodio que le puso los pelos de punta a los firmantes de los Acuerdos de La Habana, ya refrendados por el Congreso, cuya mayoría le dio carta de aceptación a la fórmula del fast track para su necesaria implementación.

Los poderes habilitantes, como los llaman en Venezuela, desde los tiempos del Cdte Chávez, aquí están a punto de vencerse, al terminar el mes de mayo. Un mes que ha sido generoso en sorpresas, motivadas por la movilización de diversas fuerzas sociales.

Todas exigen del presidente Santos el cumplimiento a lo acordado, cuando él hacía campaña para triunfar en la segunda vuelta de su reelección, que tenía y tiene como colofón pendiente sellar la paz con las Farc-ep.

El Centro Democrático y la Paz Reaccionaria

"Tenemos que ponernos a pensar cómo reaccionar." Álvaro Uribe Vélez, cabeza del Centro Democrático.

"La Corte (constitucional) hace una interpretación errónea de la sustitución de la Constitución. Votar en bloque no elimina la separación de poderes." César Rodríguez, DeJusticia.

El Centro Democrático, a su manera, puso en juego el mecanismo de los checks and balances, que en lo específico refieren el cuidado, cuando menos moral y argumental de las minorías sobre los poderes de las mayorías en los ejercicios de la democracia representativa, cuando su ejercicio sufre mengua, o inaplicabilidad en salvaguarda constitucional de sus intereses privados.

Es por lo que los presidentes Obama y Trump han tenido que acudir a las órdenes ejecutivas, que en Colombia denominamos decretos presidenciales, para tratar de realizar lo que quieren de acuerdo a sus programas y compromisos ciudadanos inmediatos, o extraordinarios, como sería nuestro caso con la firma de la paz con la insurgencia subalterna.

Estas son formas propias del hiperpresidencialismo, que ponen en ascuas el mecanismo liberal de los checks and balances, más de una vez. En lo específico se refieren al cuidado, cuando menos moral y argumental, de los intereses de las minorías conforme a los límites a los poderes de las mayorías en los ejercicios de la democracia representativa. Más aún, cuando la cohabitación se hace imposible como resultado de las urnas.

Con la salida de varios magistrados en Colombia, por cumplir la edad de retiro forzoso, la Corte Constitucional, la anterior, y los poderes reales involucrados, buscaron aplazar hasta donde se pudo, el nombramiento de los nuevos magistrados, así como el trámite de demandas de inexequibilidad como la presentada por Iván Duque, palafrenero del expresidente Uribe Vélez, voceros de la reacción, desde agosto de 2016.

Las nuevas mayorías cortesanas

"El fast track es un mecanismo que queda casi vigente en su totalidad...se pierden dos elementos que son importantes...pero no es el fin del mundo." Juan Fernando Cristo, mininterior, ET, 19/05/17, p. 4.

Hasta que llegaron los primeros nombramientos. Primero fue Antonio José Lizarazo, egresado de la U. Libre, quien fuera un joven de izquierda en sus tiempos de estudiante, y luego un activo militante del Nuevo Liberalismo en Norte de Santander, para después convertirse en un liberal con diversas figuraciones por sus credenciales político administrativas.

El segundo nombrado, el magistrado Carlos Bernal Pulido, se formó en el Externado de Colombia, donde es un brillante docente en materias constitucionales. Él tiene otras convicciones, según lo confirmó el actual rector de este claustro, el exmagistrado Juan Carlos Henao, expresidente de la Corte Constitucional, en la entrevista que concediera a Blu Radio el pasado viernes.

Pero, lo "curioso" en este caso, era que en recientes escritos, el profesor Carlos Bernal, el nuevo magistrado, había escrito en contra de los alegaban que en el fast track hay sustitución de la Constitución, porque tal procedimiento conculca el poder legislativo de su actuación, puesto que quedaba impedido de hacer modificaciones a lo que el ejecutivo le presentara a su consideración.

Para Iván Duque, precandidato presidencial, el demandante triunfador, está claro que con la sentencia "Se abre un espacio de deliberación en el que el Congreso, con su autonomía y representación partidista, debe discutir temas que le convengan al país..." Pero, de ahí, él no concluye que, y como fruto de las discusiones, se puedan modificar los asuntos de fondo que ya fueron refrendados por el Congreso de mayoría santista.

Esto es, que en virtud de su reglamentación pendiente, puesto que están en trámite, así pueda pasar, con asuntos que figuran en el siguiente listado crítico:

Innovación agropecuaria, adecuación de tierras, adquisición progresiva de derechos; monopolio de las armas; circunscripciones especiales, y reforma política y electoral.

Adicional a lo anterior, hay un listado que conviene recordar también, puesto que de él hacen parte asuntos que no se han radicado, y son de notoria importancia y singular relevancia para las Farc-Ep, que se ha declarado en asamblea permanente. Ni más ni menos que se trata del trámite de la ley estatutaria de la JEP y de la propiedad de la tierra, que si no hace imposible el avance de la reforma agraria integral pactada, junto con otros 10 proyectos.

(continúa)

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