REFORMA
POLÍTICA: ¿inmune a la corrupción?
David Jiménez[1]
El acto legislativo 01 de
2009, fue la reacción del Congreso de la Republica contra la infiltración del paramilitarismo en el
parlamento colombiano. Se estableció que, a partir de esa fecha, los partidos
políticos responderían por avales cuestionados en relación a candidatos por
delitos por colaboración o pertenencia a grupos armados ilegales, narcotráfico
o por delitos de lesa humanidad o contra los mecanismos de participación
democrática.
En ese momento, los delitos contra la administración
pública o por corrupción no fueron incorporados a la norma constitucional.
Tales fueron el peculado, cohecho, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito,
prevaricato, entre otros; por lo demás,
tan comunes en las instituciones políticas colombianas.
Desde
entonces, la corrupción ha sido imparable, desde el cartel de contratación de
Bogotá, la “mermelada”, Reficar y hasta la financiación ilegal de campañas
políticas de 2010 y 2014, que son los peores efectos conocidos de la corrupción
al interior del sistema político.
La
semana pasada
El
Ministro del Interior Juan Fernando Cristo radico el proyecto de reforma
política en el Congreso, en materia de corrupción, es más de lo mismo. No se
crea una responsabilidad para los directivos de los partidos políticos y menos
para las organizaciones políticas que avalen a candidatos que sean condenados
por delitos contra la administración pública.
Todos
seguirán inmunes frente a la enfermedad conocida como “corrupción”, y podrán seguir
presentando candidatos sin ningún obstáculo en los Departamentos y Municipios
donde sus copartidarios han tenido condenas por corrupción.
A su
vez, con la conocida financiación ilegal de campañas presidenciales de 2010 y
2014 por la multinacional brasilera Odebrecht donde nadie resulto ser “santo”
en la competencia política por parte de la Unidad Nacional y el Centro
Democrático en la conquista de votos.
No
se establece como causal de pérdida de investidura y nulidad de la elección a
las campañas políticas que violen los topes de financiación, y tampoco tocan
esa “bendita” caducidad que ampara de protección a los políticos colombianos
una vez se conocen los hechos de corrupción del pasado, y los partidos podrán
seguir presentando candidatos a pesar de lo conocido sin ningún problema u
obstáculo legal.
Mientras
tanto,
El
Consejo Nacional Electoral se dedica a sancionar a los partidos y movimientos
políticos minoritarios como Alianza Verde o el Polo Democrático y deja inmunes
a las organizaciones políticas con mayor representación en el Congreso, sin
olvidar que las mayorías parlamentarias, son las que eligen a los magistrados
del Consejo Nacional Electoral.
En
un sistema político democrático con instituciones débiles, debido a la historia
de más de 2 siglos plagado de corrupción y clientelismo, el diseño
institucional de la paz gubernamental deja inmune la construcción de unas
instituciones fuertes para sancionar las peores prácticas políticas.
Ni
la constitución de 1991 del liberal Cesar Gaviria, ni el acuerdo final entre
Gobierno Santos y la insurgencia subalterna de las Farc, por lo pronto han
logrado cambiar el ejercicio de la política.
Al
parecer, vamos a una revolución pasiva en términos de Gramsci, que todo cambie
para que todo siga igual. Es, por supuesto, como si no hubiésemos salido del
siglo XIX, y que, por el contrario, atendiéramos a los dictados de la Marquesa
de Yolombó.
[1] Politólogo, magister en estudios
políticos. Participante externo del grupo Presidencialismo y Participación.
E-mail: presid.y.partic@gmail.com
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