sábado, 27 de mayo de 2017

REFORMA POLÍTICA: ¿inmune a la corrupción?


REFORMA POLÍTICA: ¿inmune a la corrupción?

David Jiménez[1]

El acto legislativo 01 de 2009, fue la reacción del Congreso de la Republica contra  la infiltración del paramilitarismo en el parlamento colombiano. Se estableció que, a partir de esa fecha, los partidos políticos responderían por avales cuestionados en relación a candidatos por delitos por colaboración o pertenencia a grupos armados ilegales, narcotráfico o por delitos de lesa humanidad o contra los mecanismos de participación democrática.

            En ese momento, los delitos contra la administración pública o por corrupción no fueron incorporados a la norma constitucional. Tales fueron el peculado, cohecho, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, prevaricato, entre otros; por lo demás,  tan comunes en las instituciones políticas colombianas.

Desde entonces, la corrupción ha sido imparable, desde el cartel de contratación de Bogotá, la “mermelada”, Reficar y hasta la financiación ilegal de campañas políticas de 2010 y 2014, que son los peores efectos conocidos de la corrupción al interior del sistema político.

La semana pasada

El Ministro del Interior Juan Fernando Cristo radico el proyecto de reforma política en el Congreso, en materia de corrupción, es más de lo mismo. No se crea una responsabilidad para los directivos de los partidos políticos y menos para las organizaciones políticas que avalen a candidatos que sean condenados por delitos contra la administración pública.

Todos seguirán inmunes frente a la enfermedad conocida como “corrupción”, y podrán seguir presentando candidatos sin ningún obstáculo en los Departamentos y Municipios donde sus copartidarios han tenido condenas por corrupción.

A su vez, con la conocida financiación ilegal de campañas presidenciales de 2010 y 2014 por la multinacional brasilera Odebrecht donde nadie resulto ser “santo” en la competencia política por parte de la Unidad Nacional y el Centro Democrático en la conquista de votos.

No se establece como causal de pérdida de investidura y nulidad de la elección a las campañas políticas que violen los topes de financiación, y tampoco tocan esa “bendita” caducidad que ampara de protección a los políticos colombianos una vez se conocen los hechos de corrupción del pasado, y los partidos podrán seguir presentando candidatos a pesar de lo conocido sin ningún problema u obstáculo legal.

Mientras tanto,

El Consejo Nacional Electoral se dedica a sancionar a los partidos y movimientos políticos minoritarios como Alianza Verde o el Polo Democrático y deja inmunes a las organizaciones políticas con mayor representación en el Congreso, sin olvidar que las mayorías parlamentarias, son las que eligen a los magistrados del Consejo Nacional Electoral.

En un sistema político democrático con instituciones débiles, debido a la historia de más de 2 siglos plagado de corrupción y clientelismo, el diseño institucional de la paz gubernamental deja inmune la construcción de unas instituciones fuertes para sancionar las peores prácticas políticas.

Ni la constitución de 1991 del liberal Cesar Gaviria, ni el acuerdo final entre Gobierno Santos y la insurgencia subalterna de las Farc, por lo pronto han logrado cambiar el ejercicio de la política.

Al parecer, vamos a una revolución pasiva en términos de Gramsci, que todo cambie para que todo siga igual. Es, por supuesto, como si no hubiésemos salido del siglo XIX, y que, por el contrario, atendiéramos a los dictados de la Marquesa de Yolombó.  


[1] Politólogo, magister en estudios políticos. Participante externo del grupo Presidencialismo y Participación. E-mail: presid.y.partic@gmail.com

No hay comentarios: